LEY Nº 3182
Aprobando el Convenio
Complementario N° 2, celebrado entre las Provincias
de San Luis y La Pampa, en el marco del Tratado de “El
Caldén” de cooperación entre ambos Estados Provinciales
Estado de
la norma: VIGENTE.-
Publicado
en B.O. Nº 3384 del 18-10-19.-
Promulgada
el 08-10-19.-
Sancionada
el 26-09-19.-
Operador
del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°:Apruébase el Convenio
Complementario N°2, celebrado
entre las provincias de San Luis y La Pampa, el día 22 de
julio de 2019,
que forma parte
integrante de la presente
Ley, en el
marco delTratado de “El
Caldén”de cooperación entre ambos
Estados Provinciales, ratificado mediante la Ley 3005.
Artículo 2°:Autorízase el
dictado de los
actos administrativos
necesarios para la
implementación, ejecución y seguimiento
de las acciones
previstas en el Convenio Complementario N°
2 que se
menciona en el artículo precedente.
Artículo 3°:Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia
de La Pampa,
en Santa Rosa,
a los veintiséis días del mes, de septiembre de dos
mil diecinueve.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3182
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente
Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis
MARÍN, Secretaria Legislativa,
Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 12977/19
SANTA ROSA, 8 OCT 2019
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín
Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 4133/19
Ing. Carlos Alberto
VERNA, Gobernador de
La Pampa –Prof. María Cristina
GARELLO, Ministra de Educación.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 8 OCT 2019
Registrada la presente
Ley, bajo el
número TRES MIL
CIENTO OCHENTA Y DOS (3182).
Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación